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07/03/2019 Castilla y León: Publicada BOCyL Ley de Actividad Físico-Deportiva
La Ley de Actividad Físico-Deportiva Castilla y León fue publicada el pasado martes, 5 de marzo, en el Boletín Oficial tras su aprobación en las Cortes el pasado 20 de febrero de 2019. Su entrada en vigor tendrá lugar dentro de tres meses.
Las principales novedades de esta Ley son la orientación de la política al 100% de la ciudadanía, nuevos retos y la profesionalización del sistema. Una vez que entre en vigor se harán efectivas todas las disposiciones redactadas. Asimismo, quedan derogadas las actuales normas y disposiciones normativas que, hasta el pasado martes, han sido las reguladoras del deporte de Castilla y León. Según ha indicado el COLEF de Castilla y León, esta Ley cambia la política deportiva en la Comunidad Autónoma dirigiéndose a todos y cada uno de los ciudadanos. Se entiende, por tanto, como actividad física cualquier ejercicio cuya participación, organizada o no, tenga una finalidad de mejora de la salud, de promoción de la socialización o para el logro de resultados en competiciones, tal y como se definió el concepto de deporte en 1992 en la Carta Europea del Deporte. El principal objetivo será la mejora de la salud, el bienestar, el ocio y las relaciones sociales, además de las previsiones relativas a la prevención y represión de la violencia, el racismo, la xenofobia, el dopaje o fraudes relacionados, para conseguir la inclusión, la igualdad efectiva, el libre acceso universal o la sostenibilidad. Además, se llevará a cabo una regulación profesional del ejercicio de la actividad física, debido al aumento de la práctica del deporte en la comunidad, principal motivo por el que es necesario proteger tanto a profesionales como a aficionados. Los profesionales del deporte, de Castilla y León, deberán acreditar su cualificación mediante los títulos académicos o certificados profesionales de carácter oficial que resulten del ordenamiento vigente. Esta Ley reconoce como profesionales de la actividad física a monitores deportivos, entrenadores, preparadores físicos y directores deportivos. Por su parte, los titulares de instalaciones deportivas también deberán cumplir con los requisitos establecidos por la Ley. Para asegurar los derechos de los consumidores y usuarios, todos los profesionales que presten servicios de actividad física de las profesiones reguladas deberán disponer de un seguro de responsabilidad civil, que cubra la indemnización por los daños que puedan causar a terceros. Por ello, deberán inscribirse en el Registro de Profesionales de la Actividad Físico-Deportiva y presentar una declaración responsable al inicio de la actividad profesional. Por otro lado, para hacer cumplir los deberes y obligaciones recogidos en esta nueva Ley se ha establecido un régimen sancionador, a través de la Dirección General de Deportes. Se trata, por tanto, de una actualización normativa moderna e innovadora con el propósito de acoger al completo la actual realidad de la actividad física y deportiva, con especial atención a la profesionalidad del sistema, situando a Castilla y León en la punta de lanza de las Comunidades Autónomas en esta materia. Para más información sobre la Ley de Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León, pinche aquí. Munideporte.com
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