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06/08/2007

El buen ejemplo de la Junta de Andalucía



La Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, aprobó el pasado 17 de octubre el Decreto 183/2006, por el que se regula la acreditación de centros deportivos y se crea y regula el Registro Andaluz de Acreditación de Centros Deportivos, lo cual fue publicado en el BOJA del 15 de noviembre de 2006.

 

En el artículo 2.1 se define como centros deportivos, todas las instalaciones deportivas de titularidad pública o privada, de uso colectivo, cuya actividad principal sea la práctica deportiva y estén dotadas con espacios e infraestructuras aptas para el desarrollo de actividades físico-deportivas, así como de servicios auxiliares imprescindibles para su funcionamiento gestionados de forma conjunta y que reúnan los requisitos establecidos en el Decreto de referencia.

 

En el artículo 3 se establece el ámbito de aplicación, que será el de todos los centros deportivos definidos en el artículo citado anteriormente, menos los siguientes:

 

a) Las instalaciones deportivas en las que la actividad principal sea la celebración de competiciones oficiales y espectáculos deportivos.
b) Las estaciones de esquí y de montaña, los puertos deportivos y los aeródromos deportivos.
c) Las instalaciones deportivas de centros educativos públicos y privados.
d) Las instalaciones deportivas de aquellos centros que no tengan como actividad principal la práctica del deporte.

 

De lo cual se desprende que el citado Decreto es aplicable a instalaciones deportivas dedicadas a:


· Practica deportiva de competición NO oficial.
· Práctica físico-deportiva  en sus diversas modalidades con fines recreativos (gimnasios, salas de fitness, etc.)
· Recintos destinados a la práctica deportiva o recreativa de titularidad pública (instalaciones municipales) o privada, en cualquiera de sus modalidades (piscinas, polideportivos, pistas de tenis, campos de golf, etc.).


En el artículo 4,  se establecen las siguientes categorías de centros deportivos:

 

a) Centros Deportivos Básicos.
b) Centros Deportivos Superiores.
c) Centros Deportivos Excelentes.

 

José Luis Gómez Calvo, Experto en Seguridad

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Deportistas Nº 104

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